Corte de Apelaciones falló en favor de CONAF

20 Abril 2014
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt revocó la sentencia del Juzgado de Policía local de Ancud del 22 de diciembre del 2013, sancionando a la Sociedad Brinzal Limitada al pago de 384.2 unidades tributarias mensuales ($16.932.369).
Corresponsal El... >
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Los fiscalizadores de la Corporación Nacional Forestal CONAF constataron en terreno la corta no autorizada de 76.84 hectáreas de Bosque Nativo por parte de la sociedad Brinzal limitada. Al momento de la corta no autorizada los predios tenían especies nativas ,  tales como Coigué y Canelo de alto valor ecológico (en distintos estados de regeneración) que fueron cortadas por la empresa denunciada, la que tendrá que reforestar con especies nativas en la misma superficie intervenida.

La Ley N° 20.283, Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, establece que toda intervención al bosque nativo debe hacerse mediante un Plan de Manejo aprobado por CONAF, el cual tiene como fin la sustentabilidad del recurso forestal. Dentro de las labores de CONAF se encuentra la fiscalización del cumplimiento de dicha norma, así como el control de la adecuada ejecución de los planes de manejo aprobados.

En este aspecto, Luis Infante, Director Regional de CONAF Los Lagos valoró la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, “ya que confirma que nuestros fiscalizadores actúan conforme a la ley forestal vigente y al resguardo y sustentabilidad del recurso forestal y del medio ambiente”.

La labor de  la CONAF se enmarca el artículo 1 de la Ley 20.283 de Bosque Nativo y fomento forestal, aportando la sustentabilidad forestal del país.


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