Autodespido laboral: una opción de retirarte en caso de acoso o malas prácticas de tu empleador

19 Octubre 2015
Muchos trabajadores que son víctimas de acoso laboral o que ven afectada su seguridad por prácticas de su empleador, se sienten obligados a dejar a sus trabajos, renunciando también, a otros beneficios. Pero esa no es la única alternativa, conoce en que consiste el denominado “autodespido”.
Chile y el Mundo >
authenticated user Corresponsal

Lo primero a considerar es que el “autodespido” no es lo mismo que la renuncia al trabajo, ya que con el primero, el trabajador pone término a su contrato, generando a su favor derechos, como por ejemplo, la indemnización por años de servicio, mientras que en el caso de renuncia, el trabajador pierde este derecho.

Para poder hacer efectivo el autodespido, el trabajador debe fundarse en alguna de las siguientes causales:

- Falta de probidad del empleador

- Conductas de acoso Laboral o Sexual

- Violencia sobre el trabajador/a

- Injurias proferidas contra el trabajador/a

- Conducta inmoral del empleador

- Actos, omisiones o imprudencias del empleador que afecte la seguridad o salud de los trabajadores/as;

- Incumplimiento GRAVE de las obligaciones del contrato (Ejemplo: no pago de remuneraciones, retraso en el pago de remuneraciones, mantener condiciones insalubre o inseguras en el trabajo, no pagar a las cajas de compensación los créditos sociales, no pagar permanentemente cotizaciones previsionales, cambiarme de lugar de trabajo no estando autorizado por el contrato, cambiarme de funciones, bajarme el sueldo, etc.)

¿Qué derechos se generan al trabajador con el autodespido?

- Derecho a percibir la indemnización sustitutiva del aviso previo y la indemnización por años de servicio (recargada en un 50% y hasta un 80%)

- Reclamar otras prestaciones laborales (vacaciones, remuneraciones adeudas, etc.)

Te puede interesar: Estudio revela los mejores y peores meses para buscar trabajo, según profesión

¿Cómo lo hago efectivo?

El autodespido tiene un procedimiento formal:

- El/la trabajador/a debe comunicar por escrito a su empleador el término del contrato, indicando el fundamento.

- Se debe entregar una copia a la Inspección del Trabajo

- El trabajador/a debe demandar judicialmente sus derechos (se requiere de abogado), dentro de 60 días hábiles contados desde la fecha del autodespido.

(Fuente: Facebook Juicio Laboral)